En noviembre de 2012 se presentaba en Bruselas el Primer Informe anual sobre el Registro de Transparencia del Parlamento y Comisión Europea. Este registro comenzó su gestación en el año 2006 cuando se aprobó el “Libro Verde – Iniciativa Europea en favor de la Transparencia”; avanzó en 2008 con la creación del Registro de Grupos de Interés de la Comisión Europea, y se inauguró el 23 de junio de 2011.

El Registro de Transparencia es un sistema voluntario, apoyado por una herramienta pública interactiva, creada por el Parlamento Europeo y la Comisión Europea para añadir transparencia al proceso de toma de decisiones de la Unión, proporcionando a los ciudadanos y las personas que trabajan en las instituciones información acerca de las organizaciones que participan en la elaboración y aplicación de las políticas europeas.

Desde su creación, y hasta el 18 de enero de 2013, el registro cuenta con 5.522 organizaciones inscritas clasificadas en las siguientes categorías:

I – Consultorías profesionales, bufetes de abogados y consultores que trabajan por cuenta propia (619):
– Consultorías profesionales (417).
– Bufetes de abogados (42).
– Consultores que trabajan por cuenta propia (160).

II – Grupos de presión dentro de las empresas y agrupaciones profesionales y comerciales (2.636):
– Empresas y grupos (759).
– Asociaciones profesionales, comerciales y empresariales (1.565).
– Sindicatos (118).
– Otras organizaciones similares (194).

III – Organizaciones, plataformas y redes no gubernamentales y similares (1.558).

IV – Grupos de reflexión, instituciones académicas y de investigación (400):
– Grupos de reflexión e instituciones de investigación (284)
– Instituciones académicas (116)

V – Organizaciones que representan a las iglesias y las comunidades religiosas (36).

VI – Organizaciones que representan a autoridades locales, regionales y municipales, otros organismos públicos o mixtos, etc. (273):
– Autoridades locales, regionales y municipales a nivel subnacional (121)
– Otros organismos públicos o mixtos, etc. (152)

Sin duda, se trata de un compromiso en favor de la transparencia, pero sobre todo de una herramienta que nos permitirá conocer, en primer lugar, qué organizaciones aceptan atenerse a un código de conducta común; qué organizaciones -y sus trabajadores- o autónomos llevan a cabo actividades destinadas a influir directa o indirectamente en los procesos de elaboración o aplicación de las políticas y de toma de decisiones de las instituciones europeas; o qué recursos destinan esas organizaciones a tales actividades, entre otros datos.

Deja un comentario